domingo, 26 de diciembre de 2021

A PAGAR AHORA, LO QUE SE DEBIÓ RECIBIR GRATIS.

 


https://www.abc.es/espana/comunidad-valenciana/abci-devuelve-maletin-6500-euros-encontro-calle-elche-201708231852_noticia.html

Nuestra Asociación de Vecinos viene denunciando desde el año 2007 ante las distintas administraciones, todo el desaguisado de la urbanización El Cuartón, caso único en España, y desde el año 2013,  en nuestro blog hemos repetido, y demostrado,  las consideraciones más importantes de nuestra urbanización, que son:

    -Que la urbanización la debió construir y conservar su dueño y a día de hoy, aún, no existen los proyectos de urbanización necesarios en los que basar su construcción.

    -Que, según el Plan General, una vez construida la urbanización por su dueño se la debía entregar gratuitamente al Ayuntamiento de Tarifa.

    -Que el Ayuntamiento de Tarifa ha venido actuando negligentemente desde el año 1983 y, aún teniendo conocimiento fehaciente, sus actos administrativos han ido encaminados a eximir al dueño de la urbanización de sus obligaciones urbanísticas,  situando a los propietarios en la posición del dueño de la urbanización y del propio ayuntamiento.

           -Que en la urbanización no rige la Ley de Propiedad Horizontal, por lo que no puede existir una comunidad formada por los propietarios, ni basada jurídicamente en los Estatutos inscritos, puesto que para que ello fuera posible son condicionantes la terminación de la urbanización y la aceptación unánime de todos los propietarios en la subrogación a las obligaciones del dueño de la urbanización.

Así lo recoge la reciente sentencia producida en el conocido monitorio interpuesto por esta "supuesta" comunidad contra un propietario de parcela por impago de cuotas "inexistentes":


Por ello, el dueño de la urbanización no sólo es el responsable en base a las normas urbanísticas que rigen en la urbanización, sino que además, "de facto", (de hecho), en la urbanización no existen servicios ni elementos comunes que pueda constituir objeto de una comunidad, como consta en los Estatutos inscritos sobre la finca matriz de la urbanización, que imponen la carga de la construcción y conservación de la urbanización a su dueño, finca que compró Guadalmesí Paradise, S.L. en 2003.
En enero del año 2019 nuestra Asociación le solicitó al propietario de la urbanización antes mencionado que, conforme a los mencionados Estatutos, asumiera el control de la comunidad y la conservación de su urbanización. Evidentemente hicieron oidos sordos, puesto que nunca han reconocido la subrogación al anterior propietario que, por compra de la finca, le correspondía. Propter Rem.

 Tras la sentencia de expropiación parece que la justicia se ha dado cuenta de este despelote jurídico y urbanístico, dejando al descubierto la verdad de esta urbanización y, aún así, los propietarios que creen ciegamente en la legitimidad de una comunidad para la urbanización, seguirán intentando obtener esa legitimidad, y si no hay elementos o servicios comunes me los invento.

Mientras, el Ayuntamiento de Tarifa inmerso en el expediente de expropiación de la urbanización, por el que Guadalmesí Paradise le pide más de siete millones y el cual adolece de un gran cantidad de errores que comentaremos en otro artículo,  reconoce en un informe técnico lo siguiente:

SITUACIÓN URBANÍSTICA DE LOS TERRENOS (informe del Ayuntamiento de Tarifa)




Esto quiere decir que el beneficio (plusvalía) del planeamiento se lo ha llevado el propietario de la finca con la venta de parcelas y ahora, doblemente obtendrá beneficio con la expropiación, así como miente el ayuntamiento al decir que los propietarios no hemos participado en la ejecución de la urbanización, cuando los propietarios como un asociación de vecinos (Dos Mares) y luego como una comunidad de propietarios han pagado obras de urbanización, sin haber obtenido ningún beneficio urbanístico, pues este Ayuntamiento es conocedor de la licencias y obras efectuadas por ellos.

SITUACIÓN REAL Y SITUACIÓN BÁSICA DEL SUELO (informe del Ayuntamiento de Tarifa)






Así, como señala el informe, estamos en una urbanización sin construir, con suelo RÚSTICO que pertenece a una empresa, que es la responsable, jurídica y urbanísticamente, de toda la urbanización.
Lo mismo que venimos diciendo en nuestros artículos de fechas 28/04/2014, 05/03/2017 y 24/10/2017.

https://cuartonparque.blogspot.com/2017/03/el-cuarton-una-urbanizacion-ilegal-cuyo.html

https://cuartonparque.blogspot.com/2017/10/el-cuarton-el-bujeo-suelo-rustico.html

OBRAS DE URBANIZACIÓN PENDIENTES DE EJECUCIÓN PREVISTAS EN EL PLANEAMIENTO (informe del Ayuntamiento de Tarifa)



¿Este proyecto se redactó hace más de diez años?, ¿Un año después de la adaptación del Plan General a la Ley de Andalucía? y  ¿el Ayuntamiento de Tarifa  sabiendo entonces los costes de las obras de urbanización no se lo reclamó, cuando aún podía, al propietario de la finca? ¿Ahora intenta cobrarlo contra el valor de la expropiación?. Esto no es lo mismo, si lo hubiera reclamado entonces hubiera salido del bolsillo de Guadalmesí, de esta forma saldrá, de un modo u otro, de los nuestros.

Este proyecto no parece corresponderse con los "Proyectos Complementarios" a los que se refiere el Plan General, dado que los proyectos complementarios se limitan a culminar los sectores de "Los Helechos" y "Las Jaras", y en este presupuesto se recoge la totalidad de infraestructuras para toda la urbanización.

Finalmente el Ayuntamiento de Tarifa estima erróneamente, como hemos dicho y explicaremos,  que deduciendo el importe de las obras al importe solicitado por Guadalmesí Paradise , resulta que la expropiación ascendería a:

   Es aberrante que desde el año 1983 el ayuntamiento no haya hecho nada  y estemos ante una urbanización sin construir mientras pagamos impuestos urbanos.

    Es aberrante que desde el año 1998 venga operando una comunidad de propietarios ilegítima, cuyas actas de constitución y siguientes fueron anuladas, y que en el año 2002 unos cuantos propietarios, actuando en "representación de Cuartón SA" (que no en nombre de todos los propietarios) permitió la disolución de la empresa Cuartón SA, es decir, que Cuartón SA se liberó a sí misma, y en el mismo acto, estos mismos propietarios firmaran acuerdos urbanísticos y jurídicos,  nulos de pleno derecho, con la compradora de la finca, Guadalmesí Paradise, S.L., y que estos propietarios con la apropiación indebida de la comunidad acosen judicialmente al resto de propietarios para reclamarles cuotas de conservación de una urbanización que no es nuestra.

            Es aberrante que desde el año 2003 nadie le haya reclamado nada a la nueva propietaria de la finca y por contra este ayuntamiento le haya permitido sacar de la finca los dos grandes terrenos urbanizables, y se la hayan aprobado sendos planes para nuevas urbanizar nuevos sectores. Hoy día anulados los dos. Más aberración, si cabe, es  que esta nueva propietaria de la finca manifieste en cada uno de sus escritos que cuando compraron la finca sólo estaban interesados en los suelos urbanizables, pero que las calles y zonas verdes estaban incluidas en la finca, pero que no las quieren, que se vieron obligados.  

Más allá del valor del dinero está el valor de la honradez, y aquí parece que este valor está muy depreciado.


Y, si queréis, sumad los costes económicos y morales tanto de los propietarios como de las distintas administraciones implicadas, de un modo u otro, en todo este desaguisado:

        _Ayuntamiento de Tarifa.
        _Junta de Andalucía.
        _Administración de Justicia.
        _Registro de la Propiedad.
        _Agencia Tributaria.
        


    



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