martes, 1 de enero de 2019

CORRUPCIÓN, NEGLIGENCIA Y MANADAS


Imagen extraida de;  http://www.lavozdelderecho.com/

Acabó 2018, pero los casos de corrupción, de mala administración o negligencias parecen no tener fin. 
Casos como el rescate de las cajas de ahorro, de las autopistas o el Castor nos han costado a los ciudadanos miles de millones de euros en beneficio de empresas privadas.
La corrupción no sólo está asociada a la política, sino que campa a sus anchas en todos los ámbitos sociales de este país, empresas, organismos, instituciones, asociaciones, etc. pareciendo estar enraizada en el propio carácter de los españoles puesto que consienten y aplauden estas actitudes, es habitual oir en boca de cualquier hijo de vecino: "que roben lo que quieran mientras hagan algo por la ciudad...", también lo decía Richard Ford en 1830: " En España el dinero es como el aceite, se queda pegado en las manos".

2018, también ha sido un año con llamativos casos en los que la justicia española ha quedado en entredicho y parece anclada en tiempos previos a la democracia. Un informe de este año de la Comisión Europea sitúa a los españoles como los sextos más críticos con la independencia de sus tribunales y jueces. Un 49 % opina que el nivel en España es "muy" o "bastante" malo. Por detrás solo quedan Hungría, Eslovaquia, Bulgaria, Italia y Eslovenia.
Fuente: https://www.lavanguardia.com/vida/20181109/452807456323/el-supremo-y-las-hipotecas-un-golpe-terrible-a-la-imagen-de-la-justicia.html

En España la leyes provienen de 4 legisladores: Ayuntamientos,  Comunidades Autónomas, Estado Español y Unión Europea. En 2013, en España, habían en vigor 100.000 leyes (67.000 de carácter autonómico)
La sobrerregulación facilita la corrupción, el desempleo, atenta contra derechos fundamentales y aumenta la querulancia, que es la práctica de denunciar masivamente el incumplimiento de leyes ante un juez, lo que perjudica principalmente a la eficacia de la administración, a los ciudadanos y a las pequeñas y medianas empresas.
(Fuente: https://www.psicologiaflexible.com/es/sobrerregulacion/)

El dictador murió hace 40 años, pero la dictadura se vislumbra frecuentemente en el carácter de los españoles, expresiones como: "ande yo caliente, ríase la gente", "que se salve el que pueda" o "tonto el último", se usan irónicamente para criticar una situación en la cual cada uno se preocupa de sus propios intereses o de salvarse a sí mismo, sin preocuparse de nadie más, como decía Ramón y Cajal a principios del siglo XX: "una de las desdichas de nuestro país es que el interés individual ignora el interés colectivo (general)"
Es más, en este país, el perdedor suele ser el que denuncia la corrupción.
https://www.elconfidencial.com/espana/2018-07-08/corrupcion-denunciantes-acoso-despido-ruina_1588621/

Este año tampoco podemos olvidarnos de los casos de violencia machista o de género, o de violaciones o de abusos, o como lo quieran llamar. En los últimos 20 años se ha modificado la tipificación de los delitos sexuales cinco veces y parece que no han acertado los legisladores en reflejar el sentir del pueblo en las leyes proclamadas.
El caso más llamativo ha sido el denominado "la manada" que ha convulsionado a la sociedad española y que ha dado lugar al lema "NO, ES NO", simple, sin lugar a dudas, cuando una persona no consiente, no puede ser conducida ni obligada a esa situación, o se produciría una violación.

En nuestro caso también existe una "manada" que, a sabiendas de que existían propietarios que NO consentían la creación de una Comunidad de Propietarios, y aún con sentencias en contra, siguen violando los fundamentos jurídicos y urbanísticos que protegen a todos los propietarios,  tapando las negligencias del Ayuntamiento de Tarifa y beneficiando los intereses del propietario-promotor de la urbanización.

Según palabras del entonces administrador  de la "supuesta comunidad"(1998-2003), el "ataque frontal y desmedido" de los propietarios que impugnaban todas las Juntas tenía como único objetivo no querer pagar las cuotas, algo incierto ya que estos propietarios estaban soportado gastos judiciales muchísimo más elevados que las propias cuotas.
También explicaba, el entonces administrador, en que consiste la Disposición Transitoria, que precisamente impide la existencia de la comunidad que el administraba:


Estos propietarios contrarios lucharon por salvaguardar los intereses generales de todos los propietarios de la urbanización, cosa que no consiguieron debido a que esta "manada" insistió pertinazmente en un claro objetivo: asumir una comunidad que no había nacido jurídicamente, debido a que el promotor no había finalizado la urbanización, ni la había entregado a los propietarios, como indica la Disposición Transitoria de los Estatutos que ellos mismos siguen proclamando.

Sentencia anulación Junta de constitución de la supuesta Comunidad 1998.

Sentencia anulación Junta de la supuesta Comunidad  Enero 1999.

Sentencia anulación Junta  de la supuesta Comunidad  Diciembre1999.

Sentencia anulación Junta  de la supuesta Comunidad  Diciembre 2000.

Sentencia anulación parcial Junta  de la supuesta Comunidad  Diciembre 2001.


Mientras los propietarios perdían tiempo y dinero en estas cuestiones, el tiempo corría a favor del propietario-promotor de la urbanización, quien este año ha obtenido una sentencia a su favor, condenándose al ayuntamiento de Tarifa a expropiar las calles y zona verde de la urbanización, por lo que deberá pagar al propietario-promotor un coste aproximado de 4 millones de euros. Todo un alarde de negligencia administrativa con resultado de enriquecimiento injusto: se permitió al promotor vender parcelas sin finalizar ni conservar la urbanización, como era su deber, y ahora recibirá millones por ella, y también gracias a la negligencia de esos propietarios que se denominaron comunidad asumiendo por la cara los costes que corresponden al propietario-promotor de la urbanización.

En tanto, lo que nos queda esperar este año es el resultado de la apelación efectuada por el ayuntamiento contra esta sentencia, que en caso de que resultara favorable a los intereses del promotor-propietario de la urbanización, y el ayuntamiento tuviera que pagar ese coste se produciría un descalabro a las arcas públicas y a los bolsillos de los propietarios de la urbanización, puesto que será entonces, cuando el ayuntamiento siendo ya el propietario de la urbanización, cuando pretenderá aplicar el Plan General Urbano y cobrar a los propietarios la ejecución de la urbanización, lo que no quiso cobrarle al propietario-promotor durante 40 años.










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