viernes, 12 de junio de 2015

¿QUIERE EDIFICAR? FIRME ESTE DOCUMENTO.


Esta licencia para edificar una vivienda fue solicitada por el propietario en 2010 y fue concedida por el Ayuntamiento de Tarifa en 2012, poco tiempo, si comparamos con otras solicitudes que según los propietarios tardaron cuatro años en concederse, o mucho tiempo si comparamos con los cuatro meses que tardó el ayuntamiento en aprobar los dos nuevos proyectos urbanísticos, SC1 y SC2.

Esta tardanza ha podido deberse a diversos motivos:
1º.-Porque el diseño de las obras no se ajustaban a la normativa del Cuartón.
2º.-Aunque no es el caso para esta licencia pero si para otras, porque coincidiera la solicitud (2002-2003) con la paralización de todas las licencias debido a la aprobación de los Planes Parciales presentados por la promotora Guadalmesí Paradise SL. («Se trata en definitiva de una medida cautelar que persigue el impedir la realización de obras que puedan resultar contrarias o incompatibles con el nuevo planeamiento proyectado. Con ello se intenta lograr la efectiva satisfacción de los intereses generales que siempre ha de servir la Administración Pública -art. 103.1 C.E.- y específicamente en su actividad de ordenación urbanística del territorio, intereses cuyo logro se vería frustrado, si se autorizaran durante el periodo de información y trámite de los Planes urbanísticos, obras y actividades contrarias o incompatibles con el ya inminente nuevo planeamiento.)
3º.- O bien, porque urbanísticamente no se puede edificar en tanto no se ejecuten las obras de la urbanización. Pero para sortear este escollo el ayuntamiento obliga a firmar a los propietarios un documento en los siguientes términos:

<<<< YO, …………………………………………. (COMO PROPIETARIO O COMO PROMOTOR), CON D.N.I. …………………………., MANIFIESTO MI CONFORMIDAD EN LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DEL SISTEMA DE CONTRIBUCIONES ESPECIALES EXPRESADOS EN EL P.G.O.U. (ARTÍCULO 2.7.1. EDIFICACIÓN SUJETA A PLANEAMIENTO ANTERIOR DE LA NORMATIVA DEL P.G.O.U.); EN RELACIÓN CON LAS OBRAS QUE SE PRETENDEN REALIZAR CONSISTENTES EN "PROYECTOS COMPLEMENTARIOS DE URBANIZACIÓN" Y SITAS EN URBANIZACIÓN EL CUARTÓN.>>>

Este documento es contrario al Estado de Derecho, es una Cláusula Abusiva, por desconocerse el alcance del mismo y no tener opción el ciudadano de alegar lo que estime pertinente. 
Sin embargo, las licencias para edificar solicitadas desde 1990 a 1999, aproximadamente no han estado condicionadas a ninguna obligación por parte del propietario, a partir de 1999 el ayuntamiento las condicionaba a presentar un certificado de estar al corriente de pago de la "supuesta" Comunidad.

Además, según hemos podido saber, el informe que emite el Servicio Municipal de Agua para la Licencia de Primera Ocupación es NEGATIVO, al no existir saneamiento ni depuración, el ciclo global del agua ni existe, ni está asumido, por lo que el Ayuntamiento de Tarifa está concediendo habitabilidad PROVISIONAL a las viviendas.
Por otro lado deberán tener en cuenta que las infraestructuras y capacidad del suministro de agua potable es limitado, con reiterados cortes en dicho suministro.

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